28va reforma a las reglas y criterios de la SE

La Secretaría de Economía (SE) reforma las reglas y criterios en materia de comercio exterior, publicadas en el Diario Oficial de la Federación del 6 de julio de 2007, para:

• Modificar el Anexo 2.4.1 del Acuerdo de NOMS, con el propósito de identificar adecuadamente, por fracción arancelaria, las llantas sujetas al cumplimiento de la NOM-086/1-SCFI-2011, para su importación, y
• Prever que la vigencia de los registro de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de certificados de origen al amparo de los tratados comerciales suscritos por México, sea indefinida, excepto para: los certificados de origen de la ALADI, aprobados con base en el Anexo II Régimen de Origen, del ACE No. 55, celebrado entre el Mercosur y México, cuyo criterio de determinación de origen sea: artículo 6°, párrafo 5, correspondiente a un producto automotor nuevo, cuya vigencia será de dos años improrrogables, contados a partir de la fecha de autorización
Vigencia: A partir del 29 de agosto de 2011.



Fuente: Vigésima Octava modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía emite reglas y criterios de carácter general en materia de Comercio Exterior (DOF, del 26 de agosto de 2011, SE).

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