20 FACILIDADES BÁSICAS QUE DEBEN CONOCER LOS DE REPECOS
RESPECTO AL SISTEMA DE INCORPORACIÓN FISCAL. 2014.
El 24 de diciembre del 2013 el SAT dio a conocer la
miscelánea fiscal 2014 que contiene el conjunto de facilidades para que los
contribuyentes comiencen a aplicar el conjunto de modificaciones relativas a la
facturación directa desde la herramienta denominada Sistema de Registro Fiscal,
habilitada en el portal: http://www.sat.gob.mx/CrezcamosJuntos/
1.- Conforme a la miscelánea
fiscal los REPECOS sólo requerirán contraseña vía internet, el SAT ha considerado
darlos de alta en automático, por lo que no requerirán tramitar la firma
electrónica avanzada.
2.- Ya no se les
requerirá consecuentemente el sello digital.
3.- En ventas al público
al general podrán elaborar una sola factura global al día, a la semana, al mes
o al bimestre.
4.- En todo caso tendrán
que emitir, como se explica más adelante comprobantes individualizados para
operaciones aisladas con clientes, les requieran o no la factura digital.
5.- La facturación será
emitida directamente en el portal del SAT mediante internet.
6.- Los que no tengan
contraseña mediante página del SAT van a poder generar su contraseña sin
necesidad de asistir a las oficinas recaudadoras correspondientes.
7.- La contraseña es
importante porque con su uso el contribuyente va a poder facturar.
8.- La contraseña se
obtiene en el portal del SAT directamente en el siguiente enlace: http://www.sat.gob.mx/CrezcamosJuntos/
9.- Con el RFC y la
contraseña los contribuyentes del régimen de incorporación podrán emitir sus
facturas digitalmente.
10.- La factura es el
archivo digital .XML generado por el SAT y ya contiene en sí misma el sello,
pues el propio SAT lo integra.
11.- El contribuyente
podrá obtener una copia del archivo .XML que contiene la factura para realizar
sus propios registros contables.
12.- Se insiste, la
factura es el archivo .XML, no las impresiones en papel que se puedan hacer del
mismo.
13.- Los contribuyentes
pueden imprimir tantas veces como quieran la factura digital si desean llevar
registros en papel, pero este documento impreso constituye en sí sólo una
presunción de la existencia del archivo .XML, por tanto el SAT podría llegar a
oponerse a considerar que ese documento sea idóneo para demostrar la existencia
del documento electrónico.
14.- El SAT resguardará
el original del archivo .XML en el portal del contribuyente.
15.- En razón que el SAT
conserva los originales .XML el contribuyente no tiene la obligación, si usa el
Sistema de Registro Fiscal a remitir nuevamente sus comprobantes digitales para
demostrar las obligaciones de esos documentos.
16.- El uso del Sistema
de Registro Fiscal es gratuito.
17.- El uso del Sistema
de Registro Fiscal es opcional, tal como se señala en el siguiente capítulo.
18.- Si no se desea usar
el Sistema de Registro Fiscal el contribuyente podrá emitir sus CFDI’s en el
sistema de emisión gratuito del SAT o con proveedor autorizado, tal como se
señalan en los capítulos siguientes.
19.- Mediante las
facilidades el SAT prorrogó que se sigan utilizando los comprobantes impresos
hasta el primero de abril de 2014, pudiéndose por lo tanto acreditar las
deducciones consignadas en los mismos.
20.- En caso de recibir
comprobantes en papel hasta abril, se deben conservar los mismos para cualquier
aclaración y realizar en relación a los mismos los controles fiscales usuales
según lo ordena el Código Fiscal de la Federación.
Resta esperar la regla de facilidad
administrativa correspondiente publicada en el Diario Oficial de la Federación;
sin embargo, el propio SAT aconseja comenzar a estudiarla y a aplicarla. A
tales efectos en los tres capítulos siguientes se hace un análisis de dicha
miscelánea de 24 de diciembre para efectos de los comprobantes fiscales.