Vigésima Octava modificación a las RCCGMCE


Se publicó en el DOF la Vigésima Octava modificación al Acuerdo por el que la Secretaría de Economía (SE) emite Reglas y Criterios de Carácter General en Materia de Comercio Exterior (RCCGMCE).
En esa publicación destaca lo siguiente:
1. La vigencia indefinida de las siguientes resoluciones sobre registros de productos elegibles:
a) Registro de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de certificados de origen del Sistema Generalizado de Preferencias (SGP).
b) Registro de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de certificados de origen de la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI).
c) Registro de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de certificados de origen del Tratado de Libre Comercio entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental del Uruguay.
d) Registro de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención del certificado de circulación EUR.1 para la Unión Europea (UE) y para la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC).
e) Registro de productos elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención del carácter de exportador autorizado para la Unión Europea (UE) y para la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC).
f) Registro de bienes elegibles para preferencias y concesiones arancelarias para la obtención de certificados de origen del Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre México y el Japón.
2. Se modifica el anexo 2.4.1 (Acuerdo de NOM’s) de las RCCGMCE.
Esta modificación entrará en vigor el próximo 29 de agosto y puede consultarse en Dofiscal Online Pro, sección DOF del 26 de agosto de 2011.
Fuente: DOF

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